Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta Primero: La Ratificación de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS"; por el lapso de Dos (02) años Ocho meses (08) y Veinticinco (25) Días y el cumplimiento sucesivo de las medidas de Libertad Asistida y Reglas de conducta por el lapso de Un (01) año. Segundo: Con lugar la sustitución de la privación de libertad impuesta a "OMISSIS", y por la comisión de los delitos de Robo Agravado, y Agavillamiento, tipificados en los Artículos 458 del Código Penal previsto en el articulo 286 ejusdem en perjuicio del ciudadano Erasmo Francisco Caraballo Moya; por el cumplimiento sucesivo de las medidas de semilibertad por el lapso de un (01) año, libertad asistida por el lapso de dos (02) años y reglas de conducta p.....