Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados LUIS ARTURO IZAGUIRRE UGAS y LUIS RAMÓN LEÓN ACOSTA, Defensores Privados del ciudadano ANDRÉS EDUARDO BRITO ACOSTA, contra decisión dictada por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 21 de Mayo de 2012, mediante la cual ADMITIÓ LA ACUSACIÓN FISCAL en contra del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, en perjuicio de JOSÉ GREGORIO FARIAS. SEGUNDO: SE ANULA LA DECISIÓN RECURRIDA . TERCERO: SE ORDENA la realización de nueva AUDIENCIA PRELIMINAR, por ante un Juez y Tribunal distinto de aquel que dictara la decisión recurrida, de este mismo Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano, a.....