Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión. Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta El Sobreseimiento Definitivo de la presente causa a favor del adolescente OMISSIS, por resultar evidente la falta de una condición necesaria para imponer una sanción por los delitos de Hurto Calificado, previsto en el art. 453 ordinales 3, 4 y 6 del código penal en perjuicio de Lesbia Suniaga, en representación de la U.E. José Francisco Bermúdez, Clemente Malave, Leonardo, demás datos reposan en el despacho fiscal, Porte Ilicito De Arma De Fuego previsto en el art 111 de la ley para el desarme y control de arma y municiones, en perjuicio del el Estado Venezolano, Agavillamiento previsto en el art 286 del código penal, en perjuicio del el Estado Venezolano y Resistencia A La Autor.....