Por las consideraciones de hecho y de derecho antes señaladas este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud interpuesta por la Abg. Rosmery Rengifo, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Público, y en consecuencia, se acuerda imponer medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del adolescenteXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a quien se le inicio investigación por la presunta comisión de los delitos de robo agravado y ocultamiento de arma de fuego, previstos en los artículos 458 y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXXy el Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quedando sometido a la medida cautelar prevista en el literal C) del .....