Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE a los acusados CARLOS EDUARDO BRITO ROMERO, venezolano, mayor de edad, natural de Cumaná, de 21 años de edad, nacido en fecha 20/03/1.991, soltero, de profesión u oficio indefinido, titular de la cédula de identidad N° 19.345.959, hijo de Solange Romero y Jacinto Brito y residenciado en San Francisco, Calle Luneta, Casa N° 13, frente a la plaza Ribero de la Iglesia Santa Inés, Cumaná, Estado Sucre, Teléfono 0293-4334495 y ALEJANDRO JOSÉ SANABRIA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Cumaná, de 19 años de edad, nacido en fecha 20/01/1.992, soltero, de profesión u oficio indefinido, titular de la cédula de identidad N° 22.921.930, hijo de Thamara Méndez y José Gregorio Sanabria y residenciado en San Francisco, Calle Úrica, Casa N° 42, frente a la Iglesia Santa Inés, C.....