Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN, realizada por las partes en la presente causa, que por ACCION MERO DECLARATIVA efectuara la ciudadana: PISMAIRA JOSEFINA LEZAMA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº v-14.169.726, domiciliada en la Vía Nacional Cariaco-Casanay casa s/nº, jurisdicción de la Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, asistida por el abogado en ejercicio: ALFONSO JOSE BERRIOS LEON, titular de la cédula de identidad Nºv-5.808.522, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.275; en contra de los ciudadanos: JOSE JESUS PAZOS MACHADO, Y ROSA MARGARITA SILVA DE PAZOS,.....