Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del imputado EDIZÓN JOSÉ LUNA ALFONZO, venezolano, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio estudiante, nacido el 02-10-1986, titular de la Cédula de Identidad N° 18.414.869, hijo de Aurelia Alfonso y Enrique Luna, domiciliado en Playa Grande, calle 04, casa N° 11, cerca del estadium, Carúpano; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley Sobre el derecho a la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de OMISSIS; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir el presente asunto al Archivo Central en su debida oportunidad. Quedan notif.....