DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento realizado por las partes en el presente procedimiento y considera la causa pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, el ciudadano EVARISTO JOSE RIVERA ALVAREZ, identificado ut supra, queda obligado a suministrarle a sus hijos, por concepto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN el veinte por ciento (20%) de todos sus ingresos mensuales, los gastos médicos, medicinas, ropas y juguetes serán compartidos con la progenitora, en caso de incumplimiento demostrado siempre que no sea por caso fortuito o fuerza mayor, este porcentaje será descontado por nomina, todo de conformidad con lo establecido e.....