Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado: JUAN CARLOS AGUILERA AGUILERA, Venezolano, natural de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, nacido en fecha: 25/10/1978, de 37 años de edad, chofer, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 14.976.509, hijo de José Jesús Aguilera y Rosdy Aguilera, residenciado en La Calle El Río, casa S/N, Caserío Guayana, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre, a cumplir la pena de Dos (02) Años Y Cuatro (04) Meses De Prisión, mas las accesorias de ley, manteniéndose la medida que pesa sobre el mismo, por estar incurso en la comisión del delito de Contrabando De Extracción En Grado De Cómplice No Necesario, previsto y sancionado en el articulo 64 de la Ley de Preciso Justos, en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, .....