REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
T.Penal de Juicio del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 11 de Julio de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2016-001486
ASUNTO: RP11-P-2016-001486

SENTENCIA

Visto los siguientes escritos: Primero: suscrito por el Abg. Wolfgang Jose Noguera, en su carácter de defensor Privado del Acusado: FRANKLIN DEL JESUS ROBLES ROMERO, donde informa a este juzgado que su representado presenta serios problemas de salud debido a la situación de insuficiencia renal que padece, por cuanto posee un solo riñón, por lo que el Tribunal Quinto de Control autorizo el traslado del mismo hasta las instalaciones del Hospital General de Carúpano, para una revisión medica urgente, llevada a cabo por el medico Nefrólogo Dr. Juan Fernández la cual determino una vez realizado los exámenes correspondientes, por presenta actualmente SINDROME EDEMATOSO CON PROTEINURIAS, en el examen de orina y al ultrasonido presenta en su único riñón POLIQUISTOSIS INSIPIENTE, lo cual amerita mantener una dieta estricta, la evaluación mensual de un medico nefrólogo, realización de un examen de orina cada 24 horas la cual debe mantenerse refrigerada durante su recolección, no aguantar la micción y mantener condiciones sanitarias adecuadas a fin de preservar el buen funcionamiento de su único riñón. Así mismo consigna Informe Medico, suscrito por el Dr. Juan Fernández, en su carácter de Medico Nefrologo de la Unidad Diálisis del Hospital General de Carúpano, donde señala: Paciente Masculino de 39 años de edad, monorreno por nefrectomia, debido a poliquistosis renal gigante que comprimio órganos abdominales, hace ocho años. Actualmente presente: síndrome edematoso con proteinurias en el examen de orina y al ultrasonido presente en el riñón derecho poliquistosis insipiente, por lo cual debe mantener dieta estricta. Evaluación mensual por nefrologo y realización de orina de 24 horas, la cual debe permanecer refrigerada durante su recolección, no aguantar la micción y mantener condiciones sanitarias adecuadas a fin de preservar el buen funcionamiento de su único riñón para evitar la diálisis y /o trasplante. Segundo: suscrito por el Abg. Wolfgang José Noguera, en su carácter de defensor Privado del Acusado: FRANKLIN DEL JESUS ROBLES ROMERO, donde informa a este juzgado que su representado presenta serios problemas de salud debido a la situación de insuficiencia renal que padece, por cuanto padece de un solo riñón, el cual desde el día domingo doce de junio, se le agravo en virtud de que fue golpeado por sus compañeros de celda, en las instalaciones de la Comandancia de Policía, lo cual motivo a que fuera trasladado hasta las instalaciones del Hospital de Carúpano, donde quedara recluido por presentar hematoma y contusión renal derecha. Tercero: suscrito por el el Comisionado (IAPES) Armando Cedeño, en su carácter de Director del Centro de Coordinación Policial de Carúpano, donde informa que el acusado: FRANKLIN DEL JESUS ROBLES ROMERO, quien esta a la orden de este tribunal y el cual quedo recluido en el Hospital General de Carúpano, motivado a que resulto agredido en el calabozo denominado r-10, por varios privados de libertad, presentando según diagnostico medico emitido por la Dr Kimberlin Rodríguez, Hematoma Renal derecho y monorena.
Ahora bien, este Tribunal a los fines de proveer ACUERDA: con la urgencia del caso librar oficio al Medico Forense a los fines de trasladarse hasta el Hospital General y poder evaluar al acusado: FRANKLIN DEL JESUS ROBLES ROMERO, quien se encuentra recluido en dicho hospital y emitir un informe detallado de su situación de salud a la mayor brevedad. Líbrese el oficio correspondiente. Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO

ABG. MARIA M. PEREIRA
EL SECRETARIO
ABG. MARIA YELITZA RODRIGUEZ