Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta de conformidad con lo dispuesto en el articulo 39 ordinales 1°, 4°, 5° y 9° de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, las siguientes Medidas Cautelares a favor de la ciudadana Enza Veltri, titular de la cedula de identidad N° V- 9.452.435, de profesión u oficio Comerciante, residenciada en: Calle Girardot, residencias Veltri, Planta Baja, Río Caribe Estado Sucre: PRIMERO: Se ordena la salida inmediata del hogar conyugal, al ciudadano Javier Alexander Hernández Morao, de nacionalidad venezolana, natural de Río Caribe, donde nació el 27-07-69, de 37 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Roberto Hernández y Carmen Morao, residenciado en Calle 14 de Febrero, N° 48, Río Caribe Estado Sucre y titul.....