En atención a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Marítimo y Agrario, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: NIEGALA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de la apertura de la articulación probatoria prevista en el articulo 352 del Código de Procedimiento Civil, el presente procedimiento contentivo de la acción de COBRO DE BOLIVARES, seguido por la Junta de Condominio del Edificio BND, contra el ciudadano ELIAS KASSABJI, titular de la cédula de identidad Nº V-18.933.696.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada, dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Marítimo y Agrario, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En la c.....