En tal sentido, esta Jurisdiscente en virtud de las consideraciones aquí realizadas, y en aras de preservar la institución de la Familia, tal y como lo establece nuestra Constitución Bolivariana de Venezuela, así como dar cumplimiento a las etapas del proceso de adopción, que son esenciales para ser decretada o no la misma, ordena nuevamente la notificación, mediante boleta de los ciudadanos FRANCELYS BARBARA ROJAS, CARLOS LUIS RAMIREZ GERALDINO y FRANCISCO JOSE FUENTES GERALDINO, todos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V-26.766.041, V-28.134.013 y 17.673.535, respectivamente, a fin de que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los Diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su notificación, en las horas comprendidas entre las 8:00 a.m. y 1:00 p.m., a objeto de que emitan su opinión con respecto a la solicitud de Adopción. Líbrense boletas de notificación respectivas. Cúmplase.
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