DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado Jesús Gabriel Aguilera Aguilera, Venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 21-10-1991, titular de la Cédula de Identidad N° 20.202.054, de profesión u oficio indefinida, de estado civil soltero, hijo de Aura María Aguilera y Julio Cesar Cedeño, en el Sector la Viviendas, casa sin número, Caserío Río de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 452, numerales 3, del Código Penal, en perjuicio de la Iglesia Inmaculada Concepción; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3; 251, numerales 2, 3 y 5; y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En este sentido, se decreta la aprehensión como Flagrante, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario toda vez que así l.....