En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por la Abg. Beatriz Planez De La Cruz, en su condición de Defensora Pública del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a quien se le inicio investigación por la presunta comisión del delito de amenazas, previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxDecisión que se dicta conforme a lo establecido en los literales "C" y "F" del artículo 582, 555 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, consistentes en un régimen de presentaciones cada 30 días ante el Comando de la Policía Municipal del Municipio Bolívar con sede.....