este Tribunal en audiencia preliminar, luego de admitida totalmente la acusación y las pruebas e impuesto a los acusados de la oportunidad de admitir hechos: ordena abrir el Juicio Oral y Público en contra del acusado JULIO MARTÍN MURSIA RINCÓN; y, CONDENA al acusado CARLOS JOSÉ FERNÁNDEZ BARRETO a cumplir la pena consistente en 08 AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal. se decide SEPARAR DE LA PRESENTE CAUSA en relación al acusado CARLOS JOSÉ FERNÁNDEZ BARRETO, ordenándose A fin de remitir al Tribunal de Ejecución la presente causa y por otra parte se acuerda la remisión la presente causa a la Unidad de Jueces de la Fase de Juicio, según el lapso establecido en ley. Se ordena mantener la reclusión de los acusados en las instalaciones del Internado Judicial de Cumana. Asi se decide, cúmplase.-