En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: CARELIA DEL CARMEN MÉRIDA FERNÁNDEZ y ALBERTO JOSÉ BLANCO JIMÉNEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédula de Identidad Nros. V- 9.453.905 y V- 6.956.215, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio FRANKLIN ALEXANDER PÉREZ FARÍAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 179.463 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 26 de Enero del año 1981.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, Copia Certif.....