DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 5, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a las Ciudadanas NOREIMA MERCEDES TENIAS AGUILERA, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 9.941.150, y residenciada en: Calle San Francisco, Sector Valle Verde, Casa 26, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre Y NORAUNIS MAYERLIN RODRÍGUEZ TANIAS, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 20.653.259, y residenciada en: Calle San Francisco, Sector Valle Verde, Casa 26, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de OMISSIS; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 3° del Código Org.....