En mérito a lo expuesto este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA como FLAGRANTE LA DETENCIÓN del adolescente imputado OMISSIS; en investigación relacionada con la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de la ciudadana LOURDES GARCIA, venezolana, natural de Güiria, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.038.778 residenciada en la Avenida Paria, casa sin número, Sector Centro, específicamente detrás del SENIAT, Güiria, Municipio Valdez, Estado Sucre; continuar el presente proceso por el Procedimiento Ordinario, conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 557 y 537, ambos de la Ley Orgánic.....