el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a dictar sentencia mixta. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en consideración todos los medios probatorios que comparecieron al presente debate oral y público, RESUELVE PRIMERO: se declara culpable al acusado LORENZO JAVIER AGUILERA QUIJADA, venezolano, de 22 años de edad, soltero, de oficio obrero, nacido en fecha 11-08-93, titular de la cédula de identidad Nº V-28.401.161, hijo de Alejandro Aguilera y Cecilia Quijada, natural de Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; residenciado en Campoma, calle la chica, casa S/Nº, Municipio Ribero del Estado Sucre, de la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos BLASIN.....