Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD del ciudadano JOSE DOMINGO SALAZAR, Venezolano, natural de Carúpano Estado sucre, nacido en fecha: 05/09/1954, de 61 años de edad, Docente Jubilado, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 4.296.406, hijo de Beatriz Salazar (D) y Telesforo Molina, residenciado en la Calle principal de la Ceiba Alta, casa 61, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, por estar incurso en la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el articulo 64 de la Ley Orgánica de precio Justos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO Consistente en presentaciones cada TREINTA (30) días por el lapso de OCHO (08) Meses, por ante la Comandancia de Policía de .....