SANCIONA conforme al procedimiento por admisión de los hechos, al adolescente xxxxxxx; a la medida de Reglas de Conducta, por el lapso de UN (01) AÑO, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el articulo 453 Numeral 5° del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana xxxxxx, de conformidad con lo establecido en los Artículos 578 literales "A" y "F"; 583, 620 literal F y 628 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Dicha medida consistirá en: Realizar una actividad laboral y/o realizar cursos en áreas de su interés, que coadyuven a su superación personal. Se instruye al secretario administrativo a los fines de que remita en su oportunidad legal las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, .....