Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Cuarto de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, solicitada por la defensora pública penal Elizabeth Betancourt, a favor del acusado José Luis Salazar, suficientemente identificado en las actas procesales. Notifíquese a la defensa publica, igualmente ofíciese lo conducente al director del internado judicial de Carúpano, para que informe a este tribunal dentro del lapso de tres dias siguientes a su recepción, el motivo por el cual no se realizo el trasladado del prenombrado imputado los días 31/10/2006, y 03/11/06, ante este despacho.-