este Juzgado de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley., DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la defensa de la adolescente ampliamente identificada en autos y fija el día 11-10-2006 a las 2:30 P.M, a los fines de que los fiadores de la adolescente ORIANA CAROLINA MORENO MARVAL, comparezcan por ante este Despacho, para que se materialice la fianza acordada por este Tribunal. Así mismo se acuerda imponer a la adolescente ORIANA CAROLINA MORENO MARVAL, de presentaciones de cada 8 días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, y Prohibición de Salida de la Jurisdicción sin la debida Autorización del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 582, Literales " C" y "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo debe comparecer SIN EXCUSA, el .....