Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer y decidir la presente Querella Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Jandiz Eloy Díaz Blanco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.729.501, asistido por el Abogado Juan Lobaton, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 93.153, contra la UNIVERSIDAD DE ORIENTE (UDO); SEGUNDO: ADMISIBLE, la querella interpuesta.