DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 3 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano JULIO CESAR SALAZAR DIAZ, Venezolano, natural de Carúpano, de 40 años de edad, nacido en fecha 08-08-1976, titular de la Cedula de Identidad Número V- 11.967.135, soltero, chofer, hijo de Julio Morales y Marina de Salazar, residenciado en el sector canchunchu viejo, calle la planta, casa S/N, cerca de la bodega de Nori, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Telf 0416-795-8204. por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Por considerar que de las actuaciones no se desprenden suficientes elementos de convicción procesal que hagan auto.....