DECISIÓN.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BENÍTEZ Y LIBERTADOR DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los ciudadanos CARMELO JOSE ROMERO SALAZAR Y YERANIS DEL JESUS GOMEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-11.439.853 y V-11.968.739, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ARMANDO JOSE GUZMAN ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.010, en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la prefectura de del Municipio Benítez del Estado Sucre, en fecha once de Diciembre de dos mil nueve (11/12/2009), según lo previsto en el Segundo Aparte del Artículo 185 del.....