esta Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLINA la competencia del presente asunto seguido al acusado Derwin Jose Padrón Flores, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 23.581.697, de 21 años de edad, nacido en fecha 25-09-1994, estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante, y residenciado en el sector Capiantar, casa sin número, el último muro de la vía nacional, carretera nacional Cumaná-Carúpano, parroquia Mariguitar, municipio Bolívar del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado con Alevosía en Grado de Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Cód.....