Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra del imputado JUAN CARLOS GONZALEZ, venezolano, de 35 años de edad, nacido el 03-03-1977, titular de la cédula de identidad Nº 17.317.193, natural de Guiria Municipio Bermúdez del Estado Sucre, domiciliado en el Urbanización Guayacán, Calle 03 casa 311 Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLACIÒN y LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en los Artículos 375 numeral 1º y 415 respectivamente del Código Penal, en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, por cuanto la víctima es un Adolescente, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3; 251 ordinales 2º, 3º y par.....