este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; procediendo de acuerdo con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara BASTANTES Y SUFICIENTES estas actuaciones para asegurarles a los ciudadanos OLENYS MARGARITA GARCÍA JIMÉNEZ, CARLA RAFAELA MÁRQUEZ GARCÍA, ANA DEL VALLE MÁRQUEZ GARCÍA, CARLOS RAFAEL MÁRQUEZ MAIZ, MAURO BAUTISTA MÁRQUEZ MAIZ, LUIS IGNACIO MÁRQUEZ MAIZ, FRANKLIN JOSÉ MÁRQUEZ MAIZ, ROBERT JOSÉ MÁRQUEZ MAIZ y RONNIS BAUTISTA MÁRQUEZ MAIZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.590.370, V-22.920.933; V-22.420.907, V-13.731.247, V-13.074.378, V-15.113.166, V-15.113.174, V-17.408.631 y V-18.213.642 respectivamente, el derecho que les corresponde, en sus condiciones de concubina e hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus IGN.....