Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: SIN LUGAR, la oposición plantada por el Abogado Mauro Álvarez Hilarraza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº 99.330, actuando como apoderado Judicial del Instituto Autónomo Municipal Cuerpo de Bomberos de Cumaná, estado Sucre; SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 22 de febrero de 2016, mediante la cual declaró PROCEDENTE la Medida Cautelar solicitada en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.