Por escrito presentado por ante este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en su función de (Distribuidor), en fecha Nueve (09) de Mayo de Dos Mil Dieciséis (2.016), por los ciudadanos JOSE GREGORIO LOPEZ ROMERO y KEMBERLIN DAYANA COA CABRERA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.498.513 y V-19.302.119, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ORANGEL JOSE ASTUDILLO VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 187.510; mediante el cual solicitan su SEPARACION DE CUERPOS, manifestando que contrajeron matrimonio civil por ante el Despacho de Registro Civil de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha Veintidós (22) de Diciembre del año Dos Mil Quince (2015), el cual quedo asentado en Acta de Matrimonio bajo .....