este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda: Ratificar la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano José Gregorio Andarcia Pino, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.625.656, nacido en fecha 07-05-1994, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, y residenciado en el Sector Guaca, Calle Principal, Casa S/N, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Pen.....