ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2001-000007
ASUNTO : RK01-V-2001-000001
ACTA DE INHIBICIÓN.
En el día de hoy, Cuatro de Mayo del Dos Mil Seis, quien suscribe, Abg. JOSE GREGORIO MOREY ARCAS en mi carácter de Juez de Primera Instancia en lo Penal, en fase de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, y con fundamento en lo previsto en los artículos 87 y 89 del Código Orgánico Procesal Penal, declaro: Por cuanto observo, que en la presente causa seguida en contra del ciudadano: OMAR JOSE VERA en perjuicio de los ciudadanos: RAUL DAVID REYES NUÑEZ Y JESUS ANTONIO REYES SALAZAR figura como apoderado Judicial de las victimas antes nombrados el Dr. CARLOS EDUARDO SACA MIRANDA abogado en ejercicio e inscrito en el Impreabogado No-99.278; el caso es que cuando fungía como Juez Cuarto de Control y Coordinador de dicha fase fue puesto a la orden del despacho que presidía como pasante en ese entonces al referido profesional del derecho, Abg. Carlos Eduardo Saca.....