Este Juzgado Segundo de Control, Decreta la Prescripción de la Acción Penal, quedando extinguida la misma, conllevando esta situación a este tribunal a DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de los ciudadanos FREDDY JOSE HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.423.268, y MIGUEL JOSE ROJAS, venezolano, de 34 años de edad para el momento de los hechos, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.168.512, y residenciado en la Calle Blanco Fombona, No. 182, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por el delito de: LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: FREDDY JOSE HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.423.268, y MIGUEL JOSE ROJAS, venezolano, de 34 años de edad para el momento de los hechos, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.168.512, y residenciado en la Calle Blanco Fombona, No. 182, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre. Todo de co.....