administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, acuerda a los imputados David José Salazar, Venezolano, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.330.414, nacido en fecha: 18-07-87, de profesión u oficio: comerciante, Natural de Carúpano Estado Sucre, residenciado en: Sector cerro Corea, calle Carabobo, con calle Páez, casa S/N, cerca de la bodega de Jesús García, Carúpano Estado Sucre y. Reinaldo José Ugas Rivas Venezolano, Mayor de edad, de 20 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 19. 316.506, natural de Carúpano Estado Sucre, Profesión u oficio construcción, nacido el: 26-01-86, residenciado: al final de la calle Páez, calle Carabobo, Sector cerro Corea, cerca de las Escaleras, Parroquia Santa Catalina, Carúpano Estado Sucre, La Libertad Plena, solicitada por la representación fiscal, así mismo acuerda el Sobreseimiento, en virtud de que el hecho en el presente Asunto no es punible. De conformidad.....