Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, conforme a lo previsto en los artículos 242 Numeral 3º y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado Luís Miguel Farías Caraballo, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.831.095, de 25 años de edad, de profesión u oficio albañil, y residenciado en la Calle Altagracia, Casa N° 10, cerca del Mercal, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, consistente en presentaciones cada treinta (30) días hasta que el Tribunal de Ejecución ejecute la presente sentencia y decida lo conducente.- SEGUNDO: CONDENA al acusado Luís Miguel Farías Caraballo, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.831.095, de 25 años de edad, de profesión u oficio albañil, y residenciado en la Calle Alt.....