Este Tribunal Cuarto de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA, VÍCTOR JOSÉ LOPÉZ RAMÍREZ y ser venezolano, 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.905.812, de profesión u oficio obrero, de estado civil casadoo, domiciliado en la Urbanización Fe y Alegría, zona Industrial, Edificio 34, Piso 2, apartamento 02-06 de esta ciudad y RAFAEL BAUTISTA CABALLERO GRAU y ser venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.836.382, de profesión u oficio vigilante, de estado civil soltero, domiciliado en la Urbanización Brasil, Sector 2, Vereda 74, Casa N° 9 de esta ciudad, A CUMPLIR LA PENA DE DOS AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de la empresa "ELEORIENTE"; y de conformidad con lo dispuesto en.....