En base a los razonamiento anteriormente explanados, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA LA TRANSACCION Celebrado entre las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y se ordena proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, asimismo se ordena expedir la devolución de los recaudos insertos en el expediente, previo desglose del mismo, para su fotocopiado y certificación de los mismos. En consecuencia se declara terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del expediente.