éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar de secuestro decretada por este Despacho Judicial en fecha 12 de Noviembre de 2.007, planteada por la ciudadana YSA CHOPITE GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.435.247, asistida por el abogado en ejercicio JOSE IGNACIO GARCIA VALDERRAMA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 71.605, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue en su contra la ciudadana DYSLENE URDANETA PINEDA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.473.300. SEGUNDO: FIRME la medida cautelar de secuestro decretada por este Organo Jurisdiccional en fecha 12 de Noviembre de 2.007, sobre un vehículo a motor, con las siguientes características: Placa: AGC-98W;.....