en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por autoridad de la ley , niega la medida cautelar solicitada al ciudadano Jesús Miguel Rojas Guzman, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.290.504, soltero, residenciado en la Av principal de San Martin, casa n° 107 Carúpano Estado Sucre , recluido en el Internado Judicial de esta Ciudad. Igualmente de la revisión de la presente causa se observa que no tiene fecha fijada para la celebración de la audiencia preliminar, por lo ´que se acuerda fijar la misma para el dia 26-01-05 a las 3:00 p.m, en la sala N°1. Librese las notificaciones respectivas y boleta de traslado para la fecha señalada. Cumplase.
La Jueza Cuarta de Control
Abog. Carmen Marisandra Milano
El Secretario
Abog Jesús Garcia.
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