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Decisiones del dia 09/12/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : RL01-P-1996-000035 N° Sentencia : Fecha: 09/12/2009
Procedimiento:
Conmutacion De La Pena En Confinamiento
Partes:
PENADO: ARGENIS MORENO
Resumen:
Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE al penado ARGENIS MORENO, Venezolano, natural de Cumaná-Estado Sucre, domiciliado en Calle La Palencia al final, Casa S/Nº, Casanay, Estado Sucre, Mayor de Edad, hijo de Jorge Vellorín y Vicenta Moreno, soltero, alfabeto y Cedulado Nº V-8.434.519, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, condenado por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO A MANO ARMADA, la CONMUTACION del resto de la pena de presidio que le resta por cumplir mas el incremento de su tercera parte (1/3), cual es un lapso de tiempo total de TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES, VEINTICINCO (25) DIA.....
Juez/Ponente:
Aulio José Durán La Riva
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : RP01-P-2009-003154 N° Sentencia : Fecha: 09/12/2009
Procedimiento:
Ejecuciòn De Sentencia Condenatoria
Partes:
PENADO: PEDRO LUIS MORENO BARCENAS.
Resumen:
Este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos: Primero: Siendo que el penado: PEDRO LUIS MORENO BARCENAS, arriba identificado, fue detenido el día: 10 de Septiembre del 2.009, según acta policial cursante al folio 97 de los autos hasta el día de hoy, (09 de Diciembre del 2.009), puede concluirse que a la presente fecha tiene un pena corporal efectiva cumplida de: DOS (2) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS faltándole por cumplir de la pena impuesta, CATORCE (14) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y UN (1) DIA, pena que finalizará en fecha: 10 de SEPTIEMBRE del 2.024. De igual manera el penado antes referido, quedará sujeto a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, a saber, inhabilitación política mientras dura la condena y sujeción a vigilancia de autoridad por una quinta parte del tiempo de condena, una vez terminada ésta. De conformi.....
Juez/Ponente:
Aulio José Durán La Riva
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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