Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "INJURIAS GRAVES QUE HAGAN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMUN ", fundamentado en el artículo 185 causal 3° del Código Civil que intentara el ciudadano EULISES JOSE GONZALEZ VIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 13. 582.164 y domiciliado en la av. Carúpano, sede de la Circunscripción Militar Milicia Bolivariana Cumana, Estado Sucre, asistido por la Abogada LUISA MARCANO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el n°: 139.401 contra la ciudadana JANITZA DE LOURDES MUÑOZ MAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 10.048.725