Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de IMPUGNACION DE PATERNIDAD, intentada por el ciudadano JUAN CARLOS PEÑA VELASQUEZ, contra el ciudadano YVAN ARAGORT REQUENA, plenamente identificados, en beneficio del niño OMISSIS, en virtud del Interés Superior del Niño, de conformidad con lo establecido en el Articulo 56 de la Constitución del República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 8, 17, 25 al 27 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en concordancia con los Articulo 231 y 233 del Código Civil; este Tribunal ORDENA a la Unidad de Registro Civil de Nacimientos de la Unidad Hospitalaria, del Municipio Bermúdez, levantar la correspondiente Partida de Nacimiento del niño OMISSIS, debiéndose estampar: que es hijo del ciudadano JUAN CARL.....