Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por la ciudadana LYSETTE CRISTINA GARCIA RUIZ contra GYPSY MARGARITA RODRIGUEZ LABORI, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de OCHO MIL CIENTO TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 8.379,96)
14/03/2012
10/10/2012
ANTIGÜEDAD Marzo - Abril 2012 54,76 5,00 273,80
Mayo - Julio 2012 66,77 20,00 1.335,40
Agosto-Octubre 2012 73,93 10,00 739,30
2.348,50
VACACIONES FRACC 06 MESES 68,25 7,5 511,88
BONO VAC FRACC 06 MESES 68,25 7,5 511,88
UTILIDADES FRACC 06 MESE.....