Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la ciudadana: ANA KARINA SILVA SALMERON Venezolana, nacida en fecha: 14-07-89, de 20 años de edad, hijo de Héctor Silva y Trinidad de Silva, residenciada en Puerto Ordaz, Unare 2, Sector 1, Bloque 4, apto 02-05, Ciudad Guayana, Estado Bolívar, Titular de la Cédula de Identidad N°-20.035.502, con un lapso de régimen de prueba de: Un (1) Año, Nueve (9) Meses y Veintinueve (29) días condenada por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Primera Instancia en Funciones de Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, por aplicación del Procedimiento po.....