ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del ciudadano hoy acusado WILFREDO ANTONIO MORENO, venezolano, titular de la cedula de identidad n° V-18.775.956, de 26 años de edad, natural de Ciudad Bolívar, nacido en fecha 16/04/1988, de profesión u oficio chofer, residenciado en vía Autopista frente a los apartamentos de Lomas de Ayacucho, cerca del galpón de Corpoelec, Cumana, Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en prejuicio de la ciudadana LEONELYS; y en consecuencia procede a suspender condicionalm.....