Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECLINA LA COMPETENCIA, a el TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, para conocer y decidir la presente pretensión por Destitución y Retiro, incoada por el ciudadano ENRIQUE LUIS MARVAL, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nros. 10.462.764. Representado por los abogados en ejercicio IVAN JOSE SALAZAR y FERNANDO JOSE LOPEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 91.756 y 91.754, respectivamente. Riela al folio 20.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y LÍBRESE LOS OFICIOS EN SU OPORTUNIDAD Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del.....