acuerda Suspender el proceso a prueba, por el lapso de TREINTA (30) DÍAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en la causa seguida al adolescente xxxxxxx; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente xxxxxxxx.-Todo, conforme a los artículos 564, 565 y 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente; debiendo el adolescente, dentro del lapso supra señalado, cumplir con las siguientes condiciones: no incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente investigación y no meterse más con la víctima, ciudadana xxxxxxxx.- Se hace del conocimiento de las partes, que de no cumplirse con el presente acuerdo, la Fiscal del Ministerio Público procederá conforme a la acusación que consta .....