Cumaná, 09 de junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO : RP01-D-2007-000144
JUEZ PROFESIONAL: Abg. YOMARI FIGUERAS MENDOZA.
IMPUTADO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. DANIEL ALVARADO
DEFENSA: ABG. BEATRIZ PLANEZ
DELITO: HOMICIDIO
VICTIMA: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
SECRETARIO DE SALA: ABG. DANIEL SLAZAR VELASQUEZ.-
AUTO FIJANDO PLAZO PRUDENCIAL
...Por los razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda conceder un plazo prudencial de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, a los fines de que la Representación del Ministerio Público dicte su acto conclusivo en la presente causa seguida a los ciudadanos XXXXXXXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en cuanto respecta al ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXX, de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal,.....